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ECUADOR MINISTERIO INTERIOR AUTORIZACION DE RIFAS Y SORTEOS A NIVEL NACIONAL

MINISTERIO INTERIOR AUTORIZACIÓN DE RIFAS Y SORTEOS A NIVEL NACIONAL Acuerdo Ministerial 0 Registro Oficial 48 de 31-jul.-2013 Estado: Vigente SECRETARIA NACIONAL DE GESTIÓN DE LA POLÍTICA Y MINISTERIO DEL INTERIOR Considerando: Que, el artículo 226 de la Constitución de la República preceptúa: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que le sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución."; Que, el Art. 261 de la norma constitucional, determina como competencia del Estado Central a través de la Función Ejecutiva, ejerce la protección interna y el orden público, como una competencia exclusiva del Estado. Que, al Ministerio del Interior, le corresponde la rectoría de estas competencias constitucionales, teniendo como misión, garantizar la seguridad interna y el orden público, en el marco del respeto a los derechos humanos, la democracia y la participación ciudadana para contribuir al buen vivir. Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1522 de 17 de mayo de 2013, se crea, la Secretaría Nacional de Gestión de la Política, como organismo de Derecho Público con personalidad jurídica, patrimonio y régimen administrativo y financiero propios; Encargada de formular las políticas para la gobernabilidad, el relacionamiento político con las otras funciones del Estado, con los Gobiernos Autónomos Descentralizados, el diálogo político con los actores sociales y la coordinación política con los representantes del Ejecutivo en el territorio. Que, el artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 1522, establece que las competencias, atribuciones, programas y proyectos que hasta el momento ejercía el Viceministerio de Gobernabilidad del Ministerio del Interior, serán transferidas a la Secretaría Nacional de Gestión de la Política, con excepción de aquellos relativos a la a la promoción de garantías democráticas, justicia y derecho humanos, que se transferirán y, por lo tanto, serán ejercidas y ejecutados por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos. En consecuencia, se suprime el Viceministerio de Gobernabilidad del Ministerio del Interior, pudiendo el referido Ministerio crear una institucionalidad propia para atender asuntos concernientes a garantías a favor de la seguridad ciudadana. Que, la Disposición General del Decreto en mención disponen: "El Secretario Nacional de Gestión de la Política tendrá plena capacidad y representación legal para ejercer todas las actividades y acciones administrativas y judiciales necesarias, para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios públicos y la completa ejecución de los distintos programas y proyectos de las entidades cuyas competencias asume, sin afectar su gestión. Estos deberán ser evaluados, a efectos de determinar su eventual traspaso a otras entidades de la función ejecutiva, si corresponde". Que, el artículo 1 de la Ley de Ventas de Bienes por Sorteo señala: "Toda persona natural o jurídica para realizar la venta de bienes muebles, inmuebles, objetos *) enseres empleando sistemas de sorteo mediante venta de acciones, contratos o boletos y siempre que no constituyan rifas y sorteos prohibidos por la ley, está obligado a solicitar por escrito al Subsecretario de Gobierno en Quito, a los gobernadores en provincias, el permiso correspondiente para iniciar la promoción". MINISTERIO INTERIOR AUTORIZACIÓN DE RIFAS Y SORTEOS A NIVEL NACIONAL - Página 1 BUSCADOR DE LEXIS - www.lexis.com.ec Que, de acuerdo al citado marco legal, la autorización para la realización de rifas cuyo sorteo se realiza a nivel local en las diferentes provincias distintas a Pichincha, es atribución de los gobernadores de cada jurisdicción, y las correspondientes al ámbito nacional y en la Provincia de Pichincha, le correspondía exclusivamente el ex Viceministro de Gobernabilidad, por disposición del Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio del Interior. En uso de las atribuciones contenidas en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva. Acuerdan: Art. 1.- El Ministerio del Interior a través del Órgano que designe el Ministro del Interior, continuará ejerciendo las atribuciones relacionadas con la autorización de rifas y sorteos tanto a nivel nacional como en la Provincia de Pichincha. DISPOSICIÓN GENERAL: PRIMERA.- Encargar la ejecución y difusión del presente Acuerdo al Ministerio del Interior. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dada en el Distrito Metropolitano de Quito, a los 20 días del mes de mayo del 2013. f.) Ana Beatriz Tola Bermeo, Secretaria Nacional de Gestión de la Política. f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior

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